Sáb. Abr 27th, 2024

Nueva Ley de fomento del “hidrogeno verde” tiene una definición errada que pondrá en desventaja al Perú

La incorrecta definición de hidrógeno verde (H2V) contenida en la Ley No 31992, publicada el último sábado 23 de marzo, coloca al Perú en desventaja en un mercado emergente en el que podría liderar a nivel latinoamericano.

La mencionada norma establece que “para efectos de la presente ley, el hidrógeno verde es un vector energético producido con tecnologías de baja emisión de gases de efecto invernadero”. Sin embargo, específicamente, el H2V debe ser generado exclusivamente a través de la electrólisis del agua utilizando energía 100% renovable, como la solar o la eólica, y es debido a este proceso que se garantiza que su producción no genere emisiones de CO2.

La Asociación Peruana de Energías Renovables considera que la ambigüedad contenida en la ley abre la posibilidad a la producción de hidrógeno mediante recursos fósiles, lo cual incrementaría las emisiones de CO2 en el sector energético peruano, contraviniendo el objetivo del país de reducirlas. Es importante recordar que el sector energético es el segundo mayor emisor de gases de efecto invernadero a nivel nacional.

En un contexto mundial donde la transición hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles es imperativa, es fundamental que Perú se alinee con estándares internacionales claros y precisos. Mientras países como Chile, Uruguay, Colombia y Brasil adoptan definiciones rigurosas y alineadas con estos estándares, el Perú corre el riesgo de quedarse rezagado.

Considerando el significativo potencial renovable solar y eólico de nuestro país, que es uno de los mejores del mundo, y la ubicación estratégica de estos recursos energéticos, particularmente en regiones como la costa norte y sur, Perú está en una posición única para convertirse en un líder regional en la producción de H2V. Sin embargo, definir equivocadamente el H2V a través de una ley limita y pone en riesgo esa posibilidad. En rigor, debió definirse como hidrógeno de bajas emisiones, porque era lo correcto y no adoptar un nombre que no le correspondía.

Exhortamos al gobierno a reconsiderar esta definición, atender las observaciones emitidas desde los sectores Economía, Energía y Minas y Ambiente y adoptar las mejores prácticas internacionales. Solo así podremos garantizar un desarrollo sostenible, competitivo y en consonancia con las demandas del mercado global.

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