Jue. May 1st, 2025

TC pone fin a exoneraciones penales en la formalización minera

Un fallo trascendental. El Tribunal Constitucional (TC) del Perú determinó que el Estado no puede aprobar leyes que eximan de responsabilidad penal, civil o administrativa a los mineros informales durante su proceso de formalización, incluyendo a los inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). Esta sentencia responde a la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Loreto contra los artículos 1 y 2 de la Ley 31388, la cual fue declarada improcedente por mayoría.

El TC enfatizó que no puede haber impunidad frente a delitos ambientales, ni siquiera bajo regímenes transitorios de formalización. Subrayó que cualquier norma que contemple exoneraciones de esta naturaleza vulnera el deber constitucional del Estado de proteger el medio ambiente, un derecho fundamental de toda persona. Esta decisión fortalece el principio de que el respeto al entorno natural debe primar en toda política pública.

Además, el Tribunal exhortó al Congreso y al Ejecutivo a elaborar un nuevo modelo de formalización minera artesanal y de pequeña escala (MAPE). Esta nueva estrategia deberá incorporar la participación activa de los propios mineros informales, los titulares de derechos mineros y las comunidades directamente afectadas, con el fin de construir un sistema más justo y sostenible.

En sus argumentos, el TC dejó claro que no es constitucional permitir que el REINFO ni sus posibles prórrogas otorguen exenciones penales. Alertó que el derecho a vivir en un ambiente saludable no puede estar sujeto a excepciones normativas. Asimismo, expresó preocupación por el estancamiento del proceso de formalización, señalando que la inacción podría intensificar los daños sociales, ambientales y fiscales, además de fortalecer a la minería ilegal.

La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Pedro Hernández. Aunque los jueces Pacheco, Domínguez y Monteagudo votaron a favor de admitir la demanda, todos coincidieron en que la exoneración de responsabilidad penal en el REINFO es inaceptable. Este fallo sienta un precedente firme: la formalización no debe convertirse en un camino hacia la impunidad, y el Estado tiene la obligación de garantizar el cumplimiento de la ley y la defensa del medio ambiente.

SUSCRÍBETE AL BOLETÍN



NUESTRO DIRECTORIO ESPECIALIZADO


AUSPICIADORES














CONTÁCTANOS

Email: publicidad@dipromin.com

M. 955059720